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Modificaciones Ley Marco de Licencias de Funcionamiento

El 27 de julio de 2017 se publicó la Ley Nº 30619, que modifica el artículo 11ºde la Ley 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, modificado por el Decreto Legislativo 1200.

El Decreto Legislativo 1200 estableció que tanto la licencia de funcionamiento como el certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones tenían una vigencia a plazo indeterminado; sin embargo, la Ley 28976 señala que los certificados de inspección técnica de seguridad en edificaciones tienen vigencia de dos años, a partir de su expedición; tanto en el caso en que la inspección se realiza de manera posterior al otorgamiento de la licencia de funcionamiento, como en el caso en que, por tratarse de casos de riesgo alto y muy alto, se le requiere como requisito previo para otorgar la licencia de funcionamiento.

El incumplimiento de la normativa por parte del administrado, constituye infracción y es causal de sanción que impone la autoridad municipal conforme a la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

De igual manera señala que cuando se haya solicitado una licencia de funcionamiento temporal el certificado de inspección técnica de seguridad en edificaciones deberá expedirse con el mismo plazo de vigencia.