Mediante el Decreto Legislativo N° 1258, entre otras disposiciones, se estableció la deducción adicional de hasta 3 UIT, en la determinación del Impuesto a la Renta de trabajadores dependientes e independientes, siempre que se compruebe la realización de determinados gastos. Ahora bien, para hacer efectiva dicha deducción adicional, se estableció que se deberá cumplir con la presentación de la declaración jurada Anual.
De esta manera, mediante la Resolución de Superintendencia N° 011-2018/SUNAT, publicada el 12 de enero de 2018, se establecieron las disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del Ejercicio Gravable 2017.
• En ese sentido, hacemos de su conocimiento que desde hoy, lunes 19 de febrero, estará disponible en la plataforma de “Declara y Paga Renta 2017” (Link: https://goo.gl/8GIh5) el formulario de Declaración Jurada de Personas Naturales 705, el cual deberá ser llenado y luego, de corresponder, podrá presentar la solicitud de devolución de impuestos.
• Asimismo, podrá acceder al Reporte preliminar del Formulario 705 en el que podrá apreciar la nueva “casilla 514” que corresponde a la Deducción de 3 UIT adicionales y verificar hasta el momento, el importe de sus gastos adicionales registrados.
