El 02 de agosto de 2018, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia Nº 182-2018/SUNAT, mediante la cual se designan y excluyen contribuyentes como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Se establece lo siguiente:
1. DESIGNAR como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas al listado, que se encuentra en el anexo 1 de la presente resolución.
2. EXCLUIR de la obligación de ser agentes de retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos indicados en el anexo 2 de la misma resolución.
Adjuntamos los referidos anexos a fin de verificar si se encuentra designado o excluido como agente de retención del IGV.
Vigencia: 1 de septiembre de 2018.
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