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Se Declara día No Laborable Compensable para Lima y Callao, el 09 de octubre de 2015

El 12 de septiembre del 2015, se publicó en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 008-2015-TR, el cual declara el día viernes 09 de octubre del presente, como día no laborable tanto para el sector público como para el sector privado, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao.

El feriado será efectivo para ambos sectores; en cuanto al sector privado, empleador y trabajadores se pondrán de acuerdo para recuperar las horas no trabajadas. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.

En los casos de empresas que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe y combustible, sepelios, hoteles y establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicios a huéspedes, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, y vigilancia, éstas están facultadas para determinar los puestos de trabajo a los que no se les aplicará el presente feriado, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

De la misma manera, las empresas podrán determinar las labores indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa, labores a las cuales no les será de aplicación el feriado no laborable.

En el caso del sector público, los titulares de cada entidad adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante el día no laborable, la provisión de aquellos servicios que resultan indispensable