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Eliminación del plazo para la presentación del PDT Nº 621 IGV – Renta Mensual

El 28 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia No. 300-2018/SUNAT, a través de la cual la Administración Tributaria, elimina el plazo para la presentación del PDT Nº 621 IGV – Renta Mensual, en aquellos casos en los que el deudor tributario no pueda presentar el Formulario Declara Fácil 621 IGV – Renta Mensual, por causas no imputables a los mismos.

Se establece lo siguiente:

1. La Resolución de Superintendencia Nº 335-2017/SUNAT establece que los contribuyentes, que presenten declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias por los conceptos señalados en el primer párrafo de su artículo 12º 1, mediante el servicio “Mis Declaraciones y Pagos”, a partir del periodo septiembre 2018, podrán realizarlo solamente a través del Declara Fácil 621 IGV – Renta Mensual.

Asimismo, cuando el deudor tributario, por causas no imputables a él, no pueda presentar sus declaraciones determinativas mediante dicho Formulario Virtual, podrá utilizar el PDT Nº 621 IGV – Renta Mensual, ya no hasta el 31 de diciembre de 2018, sino hasta que una futura decisión de la Administración señale lo contrario.

Vigencia: 29 de diciembre de 2018.

 

Cualquier duda, no dude en consultarnos: estudio@dofnupra.pe

 

 

1a) Impuesto general a las ventas e impuesto de promoción municipal.
b) Pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera categoría que correspondan al régimen general.
c) Pagos a cuenta del impuesto a la renta de tercera categoría que correspondan al Régimen MYPE Tributario.
d) Impuesto a la venta del arroz pilado – IVAP.