Mediante el Decreto Supremo Nº 007-2020-SA, publicado el día 5 de marzo del presente, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30947, Ley de Salud Mental, donde se establece que las instituciones públicas y privadas realicen las actividades correspondientes de carácter preventivo, en relación con los riesgos que afectan a sus trabajadores(as), incluyendo los riesgos psicosociales.
Según el Reglamento comentado, las empresas como parte del monitoreo de las condiciones de trabajo deben realizar las siguientes actividades:
