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Disponibilidad de los Depósitos CTS (Compensación por Tiempo de Servicio)

El día de hoy se ha publicado el Decreto de Urgencia Nº 001-2014 expedido por el Poder Ejecutivo, el cual establece medidas extraordinarias para estimular la economía. Entre ellas, señala la nueva disponibilidad temporal de los depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR.

En ese sentido, la presente norma permite que los trabajadores puedan disponer libremente hasta el 31 de diciembre de 2014, del 100 por ciento del excedente de 4 remuneraciones brutas depositadas en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

Para tal efecto, se considerará el monto de la última remuneración del trabajador, y corresponderá a los empleadores comunicar a las instituciones financieras el monto intangible de cada trabajador.

La presente norma entrará en vigencia el 12 de julio del presente año.