Author: DALY OTERO FLOREZ NUNEZ DEL PADRO

Sucede cada miércoles… (cuando el derecho se entromete en la educación)

Miércoles por la tarde y el director de un colegio está reunido con un alumno que tiene el labio partido ¿Luis, qué fue lo que te sucedió?, pregunta desconcertado a lo que el alumno responde: “Desde hace meses Miguel me amenaza por el Whatsapp, me empuja y me insulta, nunca dije nada por miedo pero esta vez ya me cansé”.

Este es un típico caso de “bullying”, término inglés también conocido como acoso escolar y que está compuesto de la raíz “bully” que quiere decir matón o peleón y el término “ing” que indica el resultado de una acción. El bullying se define como el maltrato o la conducta agresiva de una persona hacia otra con la finalidad de causarle daño para asustarlo o someterlo.

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Decreto Supremo que establece la Prelación del pago de las deudas a la Seguridad Social en Salud

El pasado 07 de diciembre del 2013, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo N° 1170, el cual establece la prelación del pago de las deudas a la seguridad social en salud.

1. MODIFICACIÓN EN EL ORDEN DE PRELACIÓN DE PAGO DE DEUDAS A LA SEGURIDAD SOCIAL

En virtud de la norma bajo comentario, se modifica la Ley General del Sistema Concursal, en la regulación sobre el orden de preferencia en el pago de los créditos en los procedimientos de disolución y liquidación ante el INDECOPI.

Ahora la deuda exigible que se encuentra en ejecución por EsSalud respecto de las cuales se haya ordenado medidas cautelares, así como los intereses y gastos que por tales conceptos pudieran originarse, ha pasado del cuarto al primer orden de prelación.

Asimismo, se ha dispuesto que en el cuarto orden de prelación, estén los créditos de origen tributario del Estado, incluidos los del Seguro Social de Salud –ESSALUD que no cumplan el supuesto para encontrarse contemplados en el primer orden de preferencia; sean tributos, multas, intereses, moras, costas y recargos

Nos ponemos a su disposición para cualquier ampliación y/o aclaración que estimen de interés.