EL 24 de setiembre se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo Nº 1216, que fortalece la seguridad ciudadana de tránsito y transporte, que busca fortalecer la operatividad de la policía Nacional del Perú para fiscalizar, supervisar y controlar los vehículos en materia de tránsito y transporte de personas y mercancías para la prevención, investigación y combate de los delitos y faltas en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC).
La norma establece que los conductores y pasajeros de motocicletas deberán usar chalecos distintivos y cascos de seguridad que lleven impreso el número de placa del vehículo en el que viajan, así también, las motocicletas deberán lucir en su parte anterior la calcomanía holográfica de seguridad que permita su identificación a través de los sistemas de control electrónico vehicular.
Tanto el uso de la calcomanía holográfica de seguridad en la parte anterior del vehículo, así como el uso de los cascos de seguridad y los chalecos distintivos, serán exigibles vencidos los plazos de 60 días y 90 días hábiles, respectivamente, contados a partir de la publicación del reglamento de este Decreto.
De otro lado, se prevé que los vehículos trimoviles (mototaxis) que se dediquen al transporte público de pasajeros, no podrán utilizar lunas de seguridad o micas oscurecidas, polarizadas o acondicionadas, o en los paneles laterales y posteriores; así como pegatinas, adhesivos, calcomanías o stickers que dificulten la visibilidad.
Se dispone la creación del Registro de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional del Perú y del Observatorio Nacional de Seguridad Vial en el marco del Consejo Nacional de Seguridad Vial, este último base de datos primaria al Registro de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional del Perú, al Registro Sanitario de Víctimas de Accidentes de Tránsito del Ministerio de Salud, y al Registro Forense de Víctimas de Accidentes de Tránsito del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.
