Publicaciones

Se modifican sujetos obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2017

El domingo 11 de marzo del 2018, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia No. 077-2018/SUNAT, mediante la cual, la se modificó el universo de obligados a presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio gravable 2017 en los siguientes términos:

1. Se modifica el inciso 3.1.3 del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia No. 011-2018/SUNAT, que aprobó las disposiciones y formularios para la Declaración Jurada anual del Impuesto a la Renta y del impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2017. De esta manera, se señala que también se encuentran obligados a presentar la Declaración por el ejercicio gravable 2017:

3.1.3. Los que hubieran percibido exclusivamente rentas de quinta categoría que determinen un saldo a su favor en la casilla 141 del Formulario Virtual N° 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural, por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distintos a los créditos MIVIVIENDA y Techo Propio otorgados por entidades del sistema financiero.”

De esta forma, se encuentran obligados a presentar dicha información aquellos sujetos que hubieran percibido solo rentas de quinta categoría que determinen un saldo a su favor por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para la primera vivienda. Siempre que hubiesen sido distintos a los créditos Mi vivienda y Techo Propio otorgados por entidades del sistema financiero.

Cualquier consulta respecto a la presente circular no duden en contactarnos a estudio@dofnupra.pe

 

Vigencia: 12 de marzo de 2018.