Con fecha 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 008-2020-SUNAT/700000, en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a nivel nacional y el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Decreto Supremo N°044-2020-PCM ante el brote del COVID-19, la SUNAT reconoce que esta situación puede generar el incumplimiento de las obligaciones tributarias formales por causas no imputables a los deudores tributarios.
La SUNAT decide aplicar su facultad discrecional de no sancionar infracciones tributarias durante el estado de emergencia
Con fecha 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 008-2020-SUNAT/700000, en el marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria a nivel nacional y el aislamiento social obligatorio dispuesto por el Decreto Supremo N°044-2020-PCM ante el brote del COVID-19, la SUNAT reconoce que esta situación puede generar el incumplimiento de las obligaciones tributarias formales por causas no imputables a los deudores tributarios.
Nuevas medidas de flexibilización tributaria: Liberación de fondo de detracciones, fraccionamiento y presentación de libros
Con fecha 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 058-2020/SUNAT, la SUNAT ha dispuesto algunas medidas de flexibilización para favorecer la disposición de fondos para los contribuyentes durante el Estado de Emergencia.
En ese sentido, entre los principales aspectos de las medidas se encuentran:
Modifican cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual de IR y del ITF
El 13 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia No. 054-2020/SUNAT, ante la existencia del COVID-19, a fin de reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo para la salud y la vida de los pobladores y adoptar acciones para la prevención y control para evitar la propagación del referido virus.
Adoptan medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por declaratoria de emergencia nacional
Con fecha 16 de marzo de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 055-2020/SUNAT, mediante la cual se aprueban medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de la prórroga de diversos plazos, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA que declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declaró el Estado de Emergencia Nacional con el objeto de combatir el brote del COVID-19.
Disposiciones Legales sobre el Estado de Emergencia
El Decreto de Urgencia N° 044-2020-PCM publicado el día 15 de marzo del presente año, tiene por objeto adoptar medidas excepcionales por parte del Estado para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de los servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población, entre otros. Leer Más
Se aprueba el Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional a consecuencia del brote de coronavirus (COVID-19)
Mediante el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado el día 15 de marzo del 2020, en el diario El Peruano, se declaró en nuestro país el Estado de Emergencia por el plazo de quince (15) días calendario. De esta manera, se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.
En ese sentido, el Decreto Supremo señalado dispone que, durante el Estado de Emergencia Nacional, quede restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
Se aprueba el Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir el coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional
Mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2020, publicado el día 15 de marzo del 2020, en el diario El Peruano, se dispuso implementar medidas extraordinarias que permitan adoptar las acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19.
En el ámbito laboral, podemos resaltar las siguientes medidas propuestas por el mencionado Decreto de Urgencia:
Modifican cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual de IR y del ITF
El 13 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia No. 054-2020/SUNAT, ante la existencia del COVID-19, a fin de reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo para la salud y la vida de los pobladores y adoptar acciones para la prevención y control para evitar la propagación del referido virus.
Se aprueban Normas para la promoción y prevención en Salud Mental en Ámbitos Laborales
Mediante el Decreto Supremo Nº 007-2020-SA, publicado el día 5 de marzo del presente, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30947, Ley de Salud Mental, donde se establece que las instituciones públicas y privadas realicen las actividades correspondientes de carácter preventivo, en relación con los riesgos que afectan a sus trabajadores(as), incluyendo los riesgos psicosociales.
Según el Reglamento comentado, las empresas como parte del monitoreo de las condiciones de trabajo deben realizar las siguientes actividades:
