El 25 de setiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia No. 185-2019/SUNAT, que establece la forma, plazo y condiciones para la presentación de la declaración del Beneficiario Final y dicta disposiciones para que los notarios verifiquen dicha presentación e informen a la SUNAT el incumplimiento de los sujetos obligados.
A continuación, resumimos los principales aspectos de la Resolución de Superintendencia en cuestión:
