El 30 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 337-2018-EF; a través del cual, el Poder Ejecutivo, adecua el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF, en cuanto a los servicios sujetos al ámbito de precios de transferencia, la eliminación de la obligación de abonar el monto equivalente a la retención cuando se trate de operaciones con no domiciliados y la priorización del test de beneficio con relación a la prestación de servicios entre partes vinculadas; así como lo referido a efectuar pagos a cuenta por las rentas de segunda categoría obtenidas por la enajenación de valores, que en su momento no se encontraban sujetos a retención..
Se establece lo siguiente:
